VIVIENDA Y FINANCIACIÓN ·

Vivienda 2026: TU CASA y financiación de la primera hipoteca

El Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, crea TU CASA para facilitar la compra de la primera vivienda habitual hipotecada. Su principal novedad para el comprador es una financiación pública complementaria que puede reducir el ahorro necesario para la entrada.

David García Martín · Real Decreto-ley 29/2026

TU CASA · ICO

Hasta el 20 % del valor de la vivienda, con un máximo de 50.000 €

El artículo 19 establece préstamos al 0 % y sin comisiones, gestionados por el ICO, para quienes compren su primera vivienda habitual con hipoteca, independientemente de su edad. El importe será el menor entre el 20 % del valor de la vivienda y 50.000 €.

BOE · Art. 19

Cómo facilita el acceso a una hipoteca

TU CASA puede cubrir parte del importe que normalmente exige ahorro previo y complementar el préstamo bancario. Es un préstamo que deberá devolverse, no una subvención. La norma no garantiza una hipoteca al 100 % ni obliga al banco a concederla: la solvencia, la tasación y las condiciones de la entidad siguen siendo determinantes.

BOE · Artículo 19.2–3

Carencia y devolución

El BOE contempla un plazo de préstamo de hasta diez años y una carencia igual al plazo de la hipoteca, con un máximo de treinta años. Antes de contratar habrá que revisar el calendario concreto de amortización y el esfuerzo total de ambas deudas.

BOE · Artículo 19.3

Condiciones y procedimiento de solicitud

Un Acuerdo del Consejo de Ministros debe concretar beneficiarios, límites, características y procedimiento, junto con los instrumentos de desarrollo. El ICO analizará las operaciones conforme a sus políticas de riesgos y las condiciones de elegibilidad. La publicación del decreto no acredita por sí sola que las solicitudes ya estén abiertas.

BOE · Artículo 19.5 y 19.8

Uso habitual y límites permanentes a la reventa

La vivienda debe destinarse a residencia habitual y queda sujeta permanentemente a un precio máximo de transmisión. En las siguientes ventas, el límite parte del precio de adquisición actualizado por el IPC, con posibles mejoras según el desarrollo previsto. Si se alquila, también se aplica el límite de renta establecido por el artículo.

BOE · Artículo 19.13

Más novedades del decreto de vivienda

El paquete incorpora cambios en alquileres de temporada y habitaciones, publicidad de arrendamientos, fiscalidad y financiación de vivienda asequible. Afecta a compradores, propietarios, inquilinos y promotores. Cada medida tiene sus requisitos y, en algunos casos, una fecha de efectos específica.

BOE · Artículos 3, 6–8 y 13–20

Referencias oficiales del BOE

Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible. BOE núm. 249, de 7 de octubre de 2026; referencia BOE-A-2026-20823.

Entrada en vigor general: 8 de octubre de 2026, con las excepciones de la disposición final decimoprimera. Información comprobada a 8 de octubre de 2026; conviene consultar las modificaciones posteriores y el desarrollo de TU CASA antes de tomar una decisión.

Volver a artículos

Consultar la financiación y los costes de mi compra